PROCEDIMIENTO EN CASO DE
CONFLICTOS COLECTIVOS
Los
conflictos colectivos de trabajo son todas aquellas situaciones que tienden a
alterar las relaciones armónicas de trabajo, derivando en una ruptura parcial
de normalidad en dichas relaciones. Estos conflictos pueden ser individuales o conflictos
de intereses, este último es el que analizaremos en a continuación.
Como se puede
deducir, estos conflictos de intereses son aquellas controversias, reclamos o
divergencias que surgen entre un patrono y un colectivo de trabajadores. Al ser
los trabajadores los legitimados activos en este procedimiento es necesario que
estos presentes por ante la inspectoría del trabajo de su jurisdicción, un “pliego
de peticiones” que deberá cumplir con los requisitos del título VII de la
LOTTT. En este caso el Inspector del Trabajo verificará que cumple con los
requisitos necesarios para su admisión, en caso contrario, ordenará sean
subsanadas las deficiencias para su admisión.
Una vez
admitido, dentro de las 24 hrs siguientes, se ordenará la notificación del
patrono indicándole las menciones correspondientes al pliego, acompañándole una
copia del mismo, fijando en esa misma notificación la fecha y la hora de comparecencia
para la celebración de una primera reunión a celebrarse dentro de la 48 hrs.
siguientes, en la cual las partes deberán nombrar los dos representantes y dos
suplentes que conformaran la junta de conciliación, la cual será presidida por
el Inspector del Trabajo.
La junta de
conciliación se reunirá hasta que hayan acordado una recomendación unánime o en
su defecto, se haya decidido que la negociación es imposible. Lo acordado en
esta junta de conciliación se reducirá a una acta, dejando constancia de los
acuerdos alcanzados o la imposibilidad de acuerdo, la cual pondrá fin a esta etapa.
Si se ha
decidido que la conciliación es imposible y habiendo transcurridos, al menos
120 hrs. de la presentación del pliego de peticiones, nace para los
trabajadores el derecho de ejercer legalmente la huelga en los términos
previstos en la LOTTT.
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